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influencias > Blog > Deportes > Ministerio Público confía aumentarán pena a Wander Franco en nuevo juicio por abuso sexual infantil
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Ministerio Público confía aumentarán pena a Wander Franco en nuevo juicio por abuso sexual infantil

administrador
Last updated: March 30, 2026 7:07 pm
administrador
3 weeks ago
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Tampa Bay Rays shortstop Wander Franco, left, reacts after hearing his sentence during his trial on charges of sexual abuse of a minor, in Puerto Plata, Dominican Republic, Thursday, June 26, 2025. (AP Photo/Fran Afonso)
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El Ministerio Público este lunes dijo confiar en que se aumentará la pena en el nuevo juicio seguido contra Wander Samuel Franco Aybar, procesado en el distrito judicial de Puerto Plata por abusar psicológica y sexualmente de una adolescente.

El pasado año Franco Aybar fue condenado en primera instancia a dos años de prisión bajo cumplimiento de reglas. En este nuevo proceso el órgano acusador solicita que sea condenado a cumplir cinco años de prisión en un centro penitenciario.

La madre de la víctima, quien fue condenada inicialmente a 10 años de prisión, ahora también es procesada en el nuevo juicio.

En la audiencia programada para este lunes 30 de marzo, el Tribunal Colegiado Ad Hoc de Puerto Plata (creado para conocer el nuevo juicio), aplazó la audiencia porque la acusada presentó una licencia médica por una situación de salud.

Los fiscales litigantes Claudio Alberto Cordero Jiménez y José Martínez Montán, de la Procuraduría Especializada Antilavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo y la Fiscalía de Puerto Plata, reiteraron que están listos para el inicio de la presentación de las pruebas que respaldan la acusación del Ministerio Público y lograr el aumento de las penas en correspondencia con la gravedad de los hechos.

Cordero Jiménez indicó que la audiencia fue calendarizada para los próximos días 14, 15, 18, 19, 20, 21, 22 y 25 de mayo de 2026.

Los jueces José Antonio Núñez (presidente), Jenny Amarilis Martínez y Praire Ruiz conocen el nuevo proceso judicial que fue ordenado el pasado año por la Corte de Apelación del Departamento Judicial de Puerto Plata.

El tribunal de alzada, integrado por los jueces Onasis Pelegrín, Xiomara Tineo y Juan Suardi, adoptó la decisión tras conocer los recursos de las partes, incluyendo el presentado por el Ministerio Público, contra la sentencia dictada el 27 de junio de 2025 por el Tribunal Colegiado del Distrito Judicial de Puerto Plata, integrado por los jueces Jakayra Veras, Venecia Rojas y José Juan Jiménez.

Franco Aybar fue condenado en primera instancia a 2 años de prisión, bajo suspensión de la pena, así como al pago de 10 salarios mínimos y las costas penales del proceso tras ser declarado culpable de violar el artículo 396, letras b y c, del Código para la Protección y los Derechos Fundamentales de Niños, Niñas y Adolescentes (Ley 136-03).

El tribunal en primera instancia impuso la pena suspendida, disponiendo que Franco Aybar no se acerque a adolescentes con fines sexuales y en caso de incumplimiento de la medida ordenó el cumplimiento de la pena en prisión en el Centro de Corrección y Rehabilitación (CCR) San Felipe de Puerto Plata.

Mientras que la madre de la víctima fue condenada a cumplir 10 años de prisión en el Centro de Corrección y Rehabilitación (CCR) Rafey Mujeres, en Santiago, al establecer el tribunal, con base en las pruebas aportadas por el Ministerio Público, que la mujer incurrió en delitos de explotación sexual comercial y lavado de activos.

Además, la sentencia establece el pago de una multa equivalente a 30 salarios mínimos en beneficio del Estado dominicano.

Asimismo, como solicitó el órgano acusador, se ordenó el decomiso de los siete bienes que les fueron incautados a la procesada, incluyendo un solar ubicado en Villa Montellano con una extensión superficial de 600 metros cuadrados, un carro del año 2023, un depósito bancario de RD$2,100,000, así como la suma de 68 mil 500 dólares americanos y 800 mil pesos dominicanos.

Por igual, los equipos celulares y todos los valores colocados en la cuenta de la madre de la víctima, que fueron inmovilizados por el Ministerio Público en virtud de una orden especial y autorización judicial. De igual manera, le ordena el pago de las costas penales del proceso.

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