{"id":38926,"date":"2024-10-14T15:01:47","date_gmt":"2024-10-14T19:01:47","guid":{"rendered":"https:\/\/influencias.do\/?p=38926"},"modified":"2024-10-14T15:01:47","modified_gmt":"2024-10-14T19:01:47","slug":"prsc-sugiere-incluir-en-reforma-constitucional-presidentes-puedan-volver-aspirar-despues-de-dos-mandatos-y-un-periodo-fuera-del-poder","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/influencias.do\/index.php\/2024\/10\/14\/prsc-sugiere-incluir-en-reforma-constitucional-presidentes-puedan-volver-aspirar-despues-de-dos-mandatos-y-un-periodo-fuera-del-poder\/","title":{"rendered":"PRSC sugiere incluir en reforma constitucional presidentes puedan volver aspirar despu\u00e9s de dos mandatos y un per\u00edodo fuera del poder"},"content":{"rendered":"<p>Santo Domingo.- El Partido Reformista Social Cristiano (PRSC) plante\u00f3 que en vez de \u201cpetrificar\u201d en la Carta Magna dos mandatos presidenciales consecutivos y nunca m\u00e1s, deber\u00eda estudiarse la posibilidad de permitir que un gobernante que haya cumplido correctamente con el pueblo, la Constituci\u00f3n y las leyes, transcurrido un per\u00edodo con otra persona en la presidencia de la Rep\u00fablica, tenga el derecho de aspirar de nuevo a dirigir los destinos de la naci\u00f3n.<\/p>\n<p>En una comunicaci\u00f3n dirigida al presidente de la Asamblea Nacional Revisora, Ricardo de los Santos, el presidente del PRSC, Federico Ant\u00fan Batlle (Quique), expresa algunas sugerencias u observaciones a la propuesta de cambios a la Constituci\u00f3n de la Rep\u00fablica sometida por el jefe del Estado, Luis Abinader Corona, entre los que figura la sana intenci\u00f3n del mandatario de incluir de dos per\u00edodos presidenciales y nunca m\u00e1s.<\/p>\n<p>Al respecto, dice que han escuchado acreditadas personalidades de respetable presencia en el acontecer nacional, que han expresado enjundiosas opiniones en favor y en contra, \u201cpor lo que sugerimos sean estudiadas para reflexionar sobre su procedencia\u201d.<\/p>\n<p>\u201cA nuestro juicio, existen leg\u00edtimos valores sobre el ejercicio de la reelecci\u00f3n presidencial que podr\u00edan discutirse y culminar, quiz\u00e1s, en que es violatorio al esp\u00edritu de la Constituci\u00f3n la negaci\u00f3n de un derecho fundamental como es el de: elegir y ser elegible\u201d, agrega.<\/p>\n<p>Ant\u00fan Batlle entiende que ser\u00eda injustificable que personas que durante dos per\u00edodos presidenciales hayan cumplido correctamente con la Constituci\u00f3n y las leyes, que posean los atributos para dirigir la naci\u00f3n en lo atinente a la garant\u00eda de la soberan\u00eda nacional, el desarrollo econ\u00f3mico, la seguridad ciudadana, la satisfacci\u00f3n de las necesidades b\u00e1sicas de la poblaci\u00f3n, como plazas de trabajo, alimentaci\u00f3n, salud, la paz social y el ejercicio de la democracia, \u201cno puedan optar por participar en unas nuevas elecciones que, en definitiva, solo se ganar\u00e1n con el respaldo de la voluntad popular expresado en las urnas\u201d.<\/p>\n<p>Es decir -prosigui\u00f3 diciendo-, que en definitiva su suerte siempre va a depender del respaldo de la voluntad popular expresado en las urnas, que a fin de cuentas, constituye un derecho inalienable del pueblo dominicano.<\/p>\n<p>En ese sentido insisti\u00f3 que para despejar todo signo de dudas, podr\u00eda ser, no optar por reelegirse una vez cumplido dos per\u00edodos consecutivos, pero que sin embargo, transcurrido un per\u00edodo con otra persona en la presidencia de la Rep\u00fablica, \u201ctendr\u00eda el derecho de aspirar de nuevo\u201d.<\/p>\n<p>Porque en el fondo -apunt\u00f3-, lo que se persigue es evitar, que se trate de c\u00f3modos matices, que los recursos del Estado sean utilizados a favor del candidato que ejerza la presidencia y al mismo tiempo que aspire a continuar.<\/p>\n<p>\u201cEn cuanto a la prohibici\u00f3n actual de que algunos ciudadanos que han ejercido el poder por uno o dos per\u00edodos no pueden aspirar a la presidencia de la Rep\u00fablica y otros s\u00ed, estamos en desacuerdo y consideramos que esa f\u00f3rmula no se corresponde con el principio de igualdad que consideramos es inherente al estado de derecho y a nuestra Constituci\u00f3n de la Rep\u00fablica. Para nuestra posici\u00f3n nos acogemos a nuestra consigna de: \u201csin injusticias Ni privilegios\u201d.<\/p>\n<p>Sobre el Procurador General de la Rep\u00fablica<\/p>\n<p>Otra sugerencia del PRSC es respecto a la designaci\u00f3n del procurador general de la Rep\u00fablica, que de acuerdo al proyecto de reforma sometido por el Poder Ejecutivo, se plantea que el presidente de la Rep\u00fablica propone una persona al Consejo Nacional de la Magistratura, el cual tendr\u00e1 la potestad de aprobar o no dicha propuesta presidencial.<\/p>\n<p>\u201cRespecto a la designaci\u00f3n del Ministerio P\u00fablico en la persona de su m\u00e1xima representaci\u00f3n, Procurador General de la Rep\u00fablica, somos del criterio, conforme al origen y tradici\u00f3n jur\u00eddica, que el MP y m\u00e1s a\u00fan su titular forman parte de los instrumentos que el Poder Ejecutivo tiene a su disposici\u00f3n, para garantizar la seguridad, la paz, el control y el buen vivir propios de una sociedad democr\u00e1tica normada por un r\u00e9gimen republicano\u201d, dice.<\/p>\n<p>Resalta que, en esencia, el Misterio P\u00fablico, junto a las Fuerzas Armadas, la Polic\u00eda Nacional, los Cuerpos Investigativos, los Cuerpos de Inteligencia y otros de similar o funciones parecidas, conforman las instancias garantistas de la soberan\u00eda nacional, la seguridad ciudadana y la paz social del pueblo dominicano.<\/p>\n<p>En consecuencia -se\u00f1ala- cada uno de esos estamentos, est\u00e1n bajo la jurisdicci\u00f3n del Poder Ejecutivo. Estas razones son m\u00e1s que suficientes para conducirnos a considerar que es impropio que el Ministerio P\u00fablico, las Fuerzas Armadas, la Polic\u00eda Nacional, los Cuerpos Investigativos, los Cuerpos de Inteligencia y otros de similar o parecidas funciones, como hemos dicho m\u00e1s arriba, para su escogencia, est\u00e9n en una jurisdicci\u00f3n distinta al Poder Ejecutivo.<\/p>\n<p>Unificaci\u00f3n de las elecciones<\/p>\n<p>El presidente del Partido Reformista Social Cristiano dijo que acogen como \u201csaludable\u201d la propuesta del jefe del Estado de que las elecciones presidenciales, las elecciones congresuales en sus dos niveles, senadur\u00edas y diputaciones, y las elecciones municipales en sus cuatro niveles se celebren en la misma fecha.<\/p>\n<p>En ese sentido, sugieren que las elecciones conjuntas sean implementadas de manera inmediata, \u201ces decir, a partir de las elecciones que habr\u00e1n de celebrarse en el a\u00f1o 2028\u201d.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Santo Domingo.- El Partido Reformista Social Cristiano (PRSC) plante\u00f3 que en vez de \u201cpetrificar\u201d en la Carta Magna dos mandatos presidenciales consecutivos y nunca m\u00e1s, deber\u00eda estudiarse la posibilidad de permitir que un gobernante que haya cumplido correctamente con el pueblo, la Constituci\u00f3n y las leyes, transcurrido un per\u00edodo con otra persona en la presidencia [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":38928,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_bbp_topic_count":0,"_bbp_reply_count":0,"_bbp_total_topic_count":0,"_bbp_total_reply_count":0,"_bbp_voice_count":0,"_bbp_anonymous_reply_count":0,"_bbp_topic_count_hidden":0,"_bbp_reply_count_hidden":0,"_bbp_forum_subforum_count":0,"content-type":"","iawp_total_views":0,"footnotes":""},"categories":[108,106],"tags":[],"class_list":["post-38926","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","category-mas-vistas","category-politica"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/influencias.do\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/38926","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/influencias.do\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/influencias.do\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/influencias.do\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/influencias.do\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=38926"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/influencias.do\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/38926\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/influencias.do\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=38926"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/influencias.do\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=38926"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/influencias.do\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=38926"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}