{"id":28904,"date":"2024-03-05T08:28:09","date_gmt":"2024-03-05T12:28:09","guid":{"rendered":"https:\/\/influencias.do\/?p=28904"},"modified":"2024-03-05T08:28:09","modified_gmt":"2024-03-05T12:28:09","slug":"decenas-de-servidores-publicos-denuncian-exclusion-arbitraria-del-sistema-de-reparto","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/influencias.do\/index.php\/2024\/03\/05\/decenas-de-servidores-publicos-denuncian-exclusion-arbitraria-del-sistema-de-reparto\/","title":{"rendered":"Decenas de servidores p\u00fablicos denuncian\u00a0\u201cexclusi\u00f3n arbitraria\u201d del Sistema de Reparto"},"content":{"rendered":"<p style=\"font-weight: 400;\">Santo Domingo.- Decenas de servidores p\u00fablicos afiliados al Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS), entre los que se encuentran periodistas y otros profesionales, denunciaron que han sido excluidos injustamente del traspaso al Sistema de Reparto Estatal desde el Sistema de Capitalizaci\u00f3n Individual para tener derecho a una pensi\u00f3n, desconociendo con ello la resoluci\u00f3n 572-07 de fecha 6 de julio de 2023 del Consejo Nacional de la Seguridad Social (CNSS),<\/p>\n<p style=\"font-weight: 400;\">En una comunicaci\u00f3n que dirigieron al ministro de Trabajo y presidente del CNSS, doctor Luis Miguel De Camps Garc\u00eda, dicen que la arbitraria e injusta decisi\u00f3n se tom\u00f3 al aprobar el \u201cManual de Procedimientos\u201d que debi\u00f3 elaborara\u00a0la Comisi\u00f3n Evaluadora de Traspasos creada para tales fines, en el que niegan el derecho a permanecer en el sistema de reparto a los servidores p\u00fablicos que hayan retirado fondos de sus ahorros en en el Sistema de Capitalizaci\u00f3n Individual de las AFP o est\u00e9n recibiendo una pensi\u00f3n por retiro programado, renta vitalicia o pensi\u00f3n por cesant\u00eda por edad avanzada del Sistema de Capitalizaci\u00f3n Individual.<\/p>\n<p style=\"font-weight: 400;\">Resaltan en un p\u00e1rrafo de la carta, que el CNSS se contradice cuando mediante su resoluci\u00f3n 572-07, reconoce el derecho a permanecer en el Sistema de Reparto a los servidores p\u00fablicos, amparados por las leyes 379-81, 87-01 y 41-08, \u201cponiendo fin a casi 20 a\u00f1os de conculcaci\u00f3n de dicho derecho, para que el 16 de noviembre de 2023, disponga la exclusi\u00f3n de los servidores p\u00fablicos que retiraron dinero de sus ahorros en las AFP o aceptaron las migajas ofrecidas por estas\u201d.<\/p>\n<p style=\"font-weight: 400;\">Explican que esa sorpresiva decisi\u00f3n se tom\u00f3 con la resoluci\u00f3n 579-02, en la que en el p\u00e1rrafo III del art\u00edculo 12 se establece que \u201cser\u00e1n excluidas de ser evaluadas por la Comisi\u00f3n aquellas personas que est\u00e9n recibiendo una pensi\u00f3n por retiro programado, renta vitalicia o pensi\u00f3n por cesant\u00eda por edad avanzada del Seguro de Vejez, Discapacidad y Sobrevivencia del Sistema de Capitalizaci\u00f3n Individual de la Ley No. 87-01 que Crea el Sistema Dominicano de Seguridad Social\u201d.<\/p>\n<p style=\"font-weight: 400;\">Sostienen que con ello, el Consejo Nacional de la Seguridad Social \u00a0est\u00e1 obviando su responsabilidad directa en que estos afiliados tuvieran que aceptar las ofertas que le hac\u00edan las AFP, a que estaban afiliados, \u201ccomo alternativa ante la tajante negaci\u00f3n de derechos que les hac\u00eda el propio CNSS, por casi 20 a\u00f1os, pese a las solicitudes individuales de muchos afectados y de las insistentes solicitudes remitidas por la Direcci\u00f3n General de Informaci\u00f3n y Defensa de los Afiliados (DIDA) y la recomendaci\u00f3n formal que le realizara en varios momentos la Superintendencia de Pensiones (SIPEN)\u201d.<\/p>\n<p style=\"font-weight: 400;\">En la comunicaci\u00f3n,\u00a0respaldada por el Movimiento por las Pensiones de los Servidores P\u00fablicos (MOPESEP), manifiestan que el CNSS, al parecer, ha actuado con mucha ligereza al establecer que quienes aceptaron una de las prestaciones ofrecidas por el Sistema de Capitalizaci\u00f3n Individual, a trav\u00e9s de las AFP, \u201cpierden su derecho a pensi\u00f3n por el sistema de reparto, olvidando algunos hechos que es necesario considerar al tomar decisiones como esta, que afectan los derechos de los ciudadanos, en este caso, de los servidores p\u00fablicos que dieron su vida trabajando en instituciones p\u00fablicas y a quienes la Constituci\u00f3n y diversas leyes les protegen sus derechos\u201d.<\/p>\n<p style=\"font-weight: 400;\">Entienden que el CNSS debi\u00f3 tener en cuenta que el derecho a permanecer en el Sistema de Reparto es un derecho fundamental, establecido por la Constituci\u00f3n en su art\u00edculo 60, sobre el derecho a la Seguridad Social, \u201cy que es el propio CNSS quien les neg\u00f3 este derecho por cerca de 20 a\u00f1os a los servidores p\u00fablicos\u201d.<\/p>\n<p style=\"font-weight: 400;\">Adem\u00e1s -contin\u00faan diciendo en la carta al ministro de Trabajo y presidente del CNSS- es un derecho adquirido, por haber trabajado en el Estado desde antes del 1 de junio de 2003, en el marco de la Ley 379-81, que la misma Ley 87-01 reconoce que el Sistema de Reparto sigue vigente para, entre otras cosas, administrar las pensiones a quienes tenemos derecho, tal y como se reconoce en sus art\u00edculos 35, 38 y 39.<\/p>\n<p style=\"font-weight: 400;\">Agregan, asimismo, que es un derecho laboral reconocido en el numeral 6, del art\u00edculo 58 de la Ley 41-08 de Funci\u00f3n P\u00fablica, \u201cy como tal, en el art\u00edculo 3, numeral 6 se le confiere car\u00e1cter de irrenunciabilidad\u201d.<\/p>\n<p style=\"font-weight: 400;\">En la comunicaci\u00f3n, de fecha 24 de enero \u00faltimo y de la que dicen todav\u00eda no han sido recibido respuesta, insisten que \u201ces injusto e indolente que el Estado Dominicano, a trav\u00e9s del CNSS, establezca que los servidores p\u00fablicos no tienen el derecho a permanecer en el Sistema de Reparto, por haber aceptado una de las prestaciones ofertadas por las AFP, cuando fue el propio Consejo Nacional de la Seguridad Social que injusta, desacertada y abusivamente, por casi 20 a\u00f1os, conculc\u00f3 el derecho a permanecer en el Sistema de Reparto, incumpliendo la Constituci\u00f3n, as\u00ed como las Leyes 379-81, 87-01 y la 41-08\u201d.<\/p>\n<p style=\"font-weight: 400;\">Los afectados con la decisi\u00f3n del CNSS, con 20, 25 y hasta m\u00e1s de 30 a\u00f1os laborando en diferentes instituciones del Estado, piden que se modifique el citado\u00a0p\u00e1rrafo III del art\u00edculo 12 de la referida resoluci\u00f3n 579-02, \u201cde manera que se reconozca el derecho a permanecer en el Sistema de Reparto a los servidores p\u00fablicos que tuvieron que optar por alguna de las prestaciones que les ofrec\u00edan las AFP\u201d.<\/p>\n<p style=\"font-weight: 400;\">\u201cSolicitamos al Consejo Nacional de Seguridad Social que defienda y cumpla con los derechos de los servidores p\u00fablicos, en total apego a las disposiciones legales vigentes en el pa\u00eds\u201d, expresan finalmente en la carta al ministro de trabajo y presidente del CNSS.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Santo Domingo.- Decenas de servidores p\u00fablicos afiliados al Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS), entre los que se encuentran periodistas y otros profesionales, denunciaron que han sido excluidos injustamente del traspaso al Sistema de Reparto Estatal desde el Sistema de Capitalizaci\u00f3n Individual para tener derecho a una pensi\u00f3n, desconociendo con ello la resoluci\u00f3n 572-07 de 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