El Tribunal Constitucional dejó sin efecto las normativas que penalizaban las relaciones sexuales entre personas del mismo sexo dentro de la Policía Nacional y las Fuerzas Armadas, al declarar inconstitucionales dos artículos de los códigos de justicia de ambas instituciones.
La decisión, contenida en la sentencia TC/01225/25, marca un precedente histórico en materia de derechos fundamentales en República Dominicana.
Los jueces anularon el artículo 210 de la Ley 285, que regía la disciplina policial, y el artículo 260 de la Ley 3483, que formaba parte del Código de Justicia Militar.
Ambos establecían penas de prisión correccional para los miembros de estos cuerpos que sostuvieran “concúbito entre personas del mismo sexo”, figura que, según el tribunal, violaba la Constitución.
La alta corte sostuvo que las disposiciones atentaban contra la intimidad, el libre desarrollo de la personalidad, la igualdad ante la ley y el derecho al trabajo, al imponer sanciones basadas únicamente en la orientación sexual.
También concluyó que estas restricciones carecían de una justificación legítima que las vinculara con la disciplina interna, por lo que resultaban discriminatorias y desproporcionadas.
La acción de inconstitucionalidad fue presentada por Anderson Javiel Dirocie de León y Patricia M. Santana Nina, quienes argumentaron que dichas normas contravenían la Constitución y tratados internacionales de derechos humanos.
La sentencia contó con apoyo de organizaciones sociales y la presentación de varios escritos de opinión técnica.
La magistrada Army Ferreira emitió un voto disidente, en el que expresó que la decisión no define con claridad cómo deben manejarse en adelante las disposiciones disciplinarias en cuerpos armados una vez eliminadas esas figuras penales.
Con este fallo, el Tribunal Constitucional establece que ningún policía o militar podrá ser sancionado por mantener relaciones íntimas consentidas con una persona del mismo sexo.
La decisión es vinculante para todas las autoridades y obliga a la adecuación de los reglamentos internos de ambas instituciones.
La sentencia es considerada por sectores de derechos humanos como un avance significativo hacia la igualdad y la eliminación de normas discriminatorias en el país.



